La Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) reveló que las multas para las empresas que no cumplan con la primera fase del etiquetado frontal de advertencia dispuesto en la Norma Oficial Mexicana 051 (NOM-051) para alimentos preenvasados y bebidas no alcohólicas llegarán a 781 mil 920 pesos, previo a una inmovilización de los producto desde la bodega, y se implementarán a partir del 1 de diciembre luego de una extensión al plazo otorgada en julio pasado.
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