La Suprema Corte declaró inconstitucional el requisito de cinco años de convivencia para que concubinos accedan a pensión por viudez del IMSS, al considerar que discrimina a las uniones de hecho.
Con siete votos a favor, los ministros resolvieron que bastará acreditar concubinato mediante pruebas de convivencia, apoyo mutuo y vínculo afectivo, sin plazo mínimo.
Las ministras Lenia Batres y María Estela Ríos González se opusieron, advirtiendo un impacto negativo a las finanzas del IMSS y que eliminar el tiempo mínimo desnaturaliza la figura del concubinato.
La ministra Loretta Ortiz acusó de posturas conservadoras y discriminatorias, al defender que todos los modelos de familia tienen la misma dignidad jurídica.
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